4 febrero, 2026

Incoterms 2020: Guía legal para evitar riesgos en contratos internacionales

Los Incoterms (International Commercial Terms) son reglas estandarizadas elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) que definen las obligaciones de vendedor y comprador en una compraventa internacional de mercancías. Su finalidad es establecer de forma clara quién asume los costes, los riesgos y los trámites logísticos y aduaneros, evitando conflictos derivados de prácticas comerciales distintas entre países.

No son normas imperativas, sino cláusulas contractuales voluntarias. Solo se aplican cuando las partes las incorporan expresamente al contrato, indicando:

  • La regla concreta,
  • El lugar exacto de entrega,
  • Y la versión aplicable. Ejemplo correcto: “FCA Madrid, Incoterms 2020”. Cuando se pactan, prevalecen sobre normas supletorias como la Convención de Viena en lo relativo a entrega y transmisión del riesgo.

Qué regulan los Incoterms 2020

Los Incoterms se centran exclusivamente en cuatro cuestiones:

  1. Entrega de la mercancía: dónde y cuándo cumple el vendedor.
  2. Transmisión del riesgo: momento en que pasa al comprador.
  3. Distribución de costes: transporte, carga, descarga y, en su caso, seguro.
  4. Trámites aduaneros: quién gestiona exportación e importación.

No regulan: precio, forma de pago, propiedad, incumplimientos o fuerza mayor, que deben pactarse aparte.

Tipos de Incoterms 2020: las 11 reglas vigentes

Grupo E – Obligación mínima del vendedor

EXW – Ex Works (En fábrica)

El vendedor pone la mercancía a disposición en sus instalaciones. Todos los costes y riesgos recaen en el comprador desde el origen. Puede ser poco práctico si el comprador no puede gestionar la exportación.

Grupo F – Entrega en origen sin transporte principal pagado

FCA – Free Carrier

El vendedor entrega al transportista designado por el comprador con exportación ya despachada. Es uno de los términos más utilizados, especialmente en contenedores.

FAS – Free Alongside Ship (solo marítimo)

Entrega al costado del buque en puerto de carga.

FOB – Free On Board (solo marítimo)

El riesgo pasa cuando la mercancía queda a bordo. No es adecuado para transporte multimodal.

Grupo C – Transporte principal pagado, riesgo en origen

CFR – Cost and Freight (marítimo)

El vendedor paga el flete hasta destino, pero el riesgo se transmite en origen.

CIF – Cost, Insurance and Freight (marítimo)

Igual que CFR, añadiendo seguro obligatorio.

CPT – Carriage Paid To (multimodal)

El vendedor paga transporte hasta destino; el riesgo pasa al entregar al primer transportista.

CIP – Carriage and Insurance Paid To

Como CPT, con seguro incluido.

Grupo D – Entrega en destino


DPU – Delivered at Place Unloaded

El vendedor entrega la mercancía ya descargada.


DAP – Delivered At Place

Entrega lista para descargar; importación a cargo del comprador.

DDP – Delivered Duty Paid

Máxima obligación del vendedor, que asume impuestos y aranceles de importación.

Cómo utilizar los Incoterms sin cometer errores

Incorporación correcta al contrato

Para que el Incoterm tenga efecto real es imprescindible:

  • Indicar regla + lugar exacto + versión.
  • Concretar el punto de entrega.
  • Coordinarlo con cláusulas de pago, plazos y garantías.

Ejemplo:

“FCA Madrid (almacén del transportista), Incoterms 2020”.

Lo que los Incoterms no resuelven

No regulan condiciones de pago, penalizaciones, calidad ni propiedad. Tampoco sustituyen obligaciones legales: controles de exportación, sanciones o normativa fiscal siguen siendo exigibles, aunque se pacte EXW o DDP.

Errores más frecuentes

  • Usar FOB o CIF para transporte terrestre o aéreo.
  • Pactar EXW en exportaciones donde el comprador no puede tramitar la aduana.
  • Utilizar DDP sin conocer la fiscalidad del país destino.
  • No prever seguro cuando el riesgo lo asume una de las partes.

Incoterms en operaciones dentro de la UE

Aunque no existan aduanas internas, los Incoterms siguen siendo esenciales para determinar:

  • Quién asume el riesgo durante el transporte.
  • Quién paga la descarga o un retraso.
  • Quién contrata el transporte. En la práctica intracomunitaria suelen ser más adecuados términos multimodales como FCA, CPT o DAP.

Conclusión

Los Incoterms son una auténtica herramienta jurídica de prevención. Bien aplicados aportan seguridad; mal utilizados generan sobrecostes y responsabilidades inesperadas. Antes de firmar una operación internacional es fundamental:

  • Elegir el Incoterm adecuado.
  • Integrarlo correctamente en el contrato.
  • Revisar sus implicaciones fiscales y aduaneras.

En Casadeley te ayudamos a revisar tus contratos internacionales para que el reparto de riesgos y costes proteja realmente a tu empresa.

Jimena de Tapia, Abogada Procesal en CASADELEY

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